Calcula en 2 minutos el dinero que puedes cobrar al sustituir tu caldera. Sin adelanto, gestión 100% gratuita.
¿Tienes el Certificado de Eficiencia Energética (CEE)?
El CEE es el documento oficial del estado energético de tu vivienda. Si no lo tienes, lo tramitamos nosotros sin coste.
¿Has realizado otra actuación de ahorro energético?
Si tu instalación no corresponde a una sustitución de caldera por bomba de calor (RES060), puede que aplique otra ficha técnica. Déjanos tus datos y te analizamos el caso sin compromiso.
Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) son un mecanismo del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) que permite monetizar el ahorro de energía generado al sustituir una caldera de gas, gasóleo o propano por una aerotermia o bomba de calor. En 2026, los sujetos obligados (empresas distribuidoras de energía) siguen comprando estos certificados a particulares e instaladores en toda España. Si instalaste una bomba de calor y no has cobrado tus CAE, aún estás a tiempo.
El cálculo se realiza con la ficha técnica RES060 del MITECO — la ficha oficial para la sustitución de sistemas de calefacción y ACS por bomba de calor. Tiene en cuenta la demanda energética del inmueble (kWh/m²·año del CEE), el SCOP de la bomba de calor y el rendimiento de la caldera sustituida. El resultado en MWh de ahorro determina el valor económico de tus certificados. Nuestra calculadora aplica la fórmula RES060 actualizada a 2026.
Gestionamos la tramitación completa: Certificado de Eficiencia Energética (CEE) previo y posterior, registro en Industria (RITE), y toda la documentación necesaria. Sin adelanto de dinero, sin coste de gestión, cobro en menos de 3 meses. Toda España.
La RES060 es la ficha técnica oficial del MITECO para calcular el ahorro energético al sustituir una caldera de combustible fósil por una bomba de calor o aerotermia. Es la base de todos los CAE residenciales de calefacción y ACS en España 2026.
Sí. El Certificado de Eficiencia Energética (CEE) previo y posterior es obligatorio para emitir CAE. Si no lo tienes, lo tramitamos nosotros sin coste adicional junto con el registro RITE.
Los sujetos obligados — grandes distribuidoras de energía — están obligados por ley a acreditar ahorros energéticos cada año. Nosotros actuamos como intermediarios: compramos tus CAE y los vendemos al sujeto obligado.
Aerotermia, bomba de calor aire-agua, bomba de calor aire-aire, aire acondicionado con función calefacción y suelo radiante con bomba de calor. La actuación debe sustituir una caldera de gas natural, gasóleo, propano o butano. Instalaciones en viviendas y edificios residenciales en toda España.